Diario clarín 24/03/14
Cuando un derecho se ejerce
sin enfrentarse a otros derechos se intenta alcanzar la máxima extensión
posible del mismo. Pero cuando dos o más derechos entran en tensión, estamos en
presencia de una colisión de derechos. En este último caso, uno de los caminos
habituales que usan los jueces es ponderar los derechos en juego y establecer
cual de los dos prevalece porque tiene “más peso” según las circunstancias
particulares que rodean el caso. De esta forma se intenta establecer que cuanto
mayor sea el grado de no satisfacción de uno de los derechos, tanto mayor
deberá ser el grado de la importancia de la satisfacción del otro derecho. Como
esto no es matemático, es relevante la racionalidad argumental que se utilice
para definir la cuestión, especialmente en casos difíciles, donde la
ponderación arroja empates estructurales y permanentes entre los derechos en
juego.
El conflicto docente
bonaerense es un claro ejemplo de colisión de derechos en un caso difícil. Por
un lado, se encuentra el derecho de los docentes a trabajar, a percibir una
remuneración justa y a peticionar mediante la huelga. Por el otro,
el derecho a la educación de los alumnos de los colegios públicos. La situación
se complejiza aún más cuando, ante el fracaso de la política como garantía primaria
de los derechos, el Defensor del Pueblo provincial, quién según lo dispone la
Constitución de la Provincia de Buenos Aires tiene por función controlar los
actos u omisiones de la Administración, promueve un proceso de amparo para
suplir la negligencia e impericia de la Administración en la resolución del
conflicto.
Una de las formas usuales
para resolver las colisiones de derechos es ponderar utilizando como
herramienta de interpretación el principio pro homine, el cual establece que
ante dos situaciones en tensión se debe optar por la que favorezca a la parte
más débil. En este caso, que se garantice el mayor aumento posible a los
docentes dentro del máximo de los recursos públicos disponibles y que los niños
y niñas no pierdan ni un día más de clase. Esta forma de resolución de
colisiones de derechos presupone ciertos rasgos mínimos de deliberación y
racionalidad de los contendientes. Y que los fallos se cumplan hasta que una
instancia superior los revise.